martes, 22 de junio de 2010

Condicionalidades del FMI Y BM: ¿una injusticia para países en desarrollo?

La principal reclamación de los países en desarrollo frente a las instituciones de Bretton Woods (FMI Y BM) ha sido siempre la posibilidad de obtener mayores corrientes de recursos financieros, con las mayores facilidades de financiación y con las menores condiciones posibles.

Como es sabido, los recursos para la asistencia monetaria del FMI provienen básicamente de las cuotas con que los Estados miembros contribuyen al Fondo. Las cuotas son determinadas en función de fórmulas que combinan diversos indicadores, como la renta nacional de cada país, sus reservas de divisas y el volumen de su comercio exterior. Esta cuota, aparte de incidir en la determinación del número de votos, determina asimismo la cantidad máxima de dinero de que puede disponer cada Estado miembro. Las distintas vías de financiación del FMI establecen siempre un límite máximo para cada Estado miembro en términos de porcentaje sobre su cuota.

La absurda lógica del encadenamiento entre factores de determinación de la cuota, fijación de la misma, topes de acceso a los recursos y condicionalidad, implica necesariamente que cuanto menos ingresos tiene el país, menor será su cuota, menor por tanto el volumen de recursos a los que puede acceder y mucho más severas las condiciones para obtenerlos .A la inversa, los países más ricos, tienen la posibilidad de acceder a volúmenes muy superiores de financiación, evitando normalmente la condicionalidad. Además, el FMI dispone de una sanción absolutamente eficaz para garantizar que el prestatario cumple las condiciones fijadas: la suspensión de la asistencia.

En el caso de Nicaragua la aplicación de las políticas de ajuste, unidas a la exigencia de la reducción de la deuda. Ha repercutido en un conjunto de aspectos mutuamente relacionados: los recortes de los subsidios estatales a la alimentación; la reducción de los gastos sociales en educación, sanidad o transportes; la privatización de empresas públicas; el aumento del desempleo; los desplazamientos masivos de población hacia las ciudades; la reducción de los salarios; el incremento de las cargas fiscales y las restricciones al crédito interno; la destrucción de pequeñas y medianas empresas; la devaluación de las monedas y la reducción de los ingresos por exportación.

De igual manera el FMI también ha exigido modificaciones permanentes a la propia Ley de Municipios y la Ley de Transferencias Presupuestarias a los Municipios, al Código Tributario y a la Ley de Estabilidad Energética. Se extiende hasta la exigencia de un nuevo plan para la reforma de la seguridad social y un plan para la implementación de la “Ley de Responsabilidad Fiscal”, incluyendo "considerar" la realización de las reformas constitucionales que el FMI estime pertinentes para la "implementación exitosa" de esta ley.

Como condición para el “éxito” de la Ley, el FMI estima de fundamental considerar reformas a la propia Constitución Política del país para lograr que los presupuestos de entidades dotadas de autonomía financiera y administrativa, e incluso política (municipalidades) se subordinen a este esquema.

Si bien en el pasado las “condicionalidades” del FMI se limitaban al período de vigencia del acuerdo con este organismo, y principalmente a la denominada condicionalidad macroeconómica, lo novedoso de la misma en el actual contexto, es que esta quedando "incrustada" de manera permanente dentro del propio marco legal e institucional vigente en el país.

El comportamiento y el funcionamiento de las instituciones de Bretton Woods aparecen como incompatibles con algunos de los principios fundamentales, de base consuetudinaria, recogidos en el artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas y desarrollados en la Resolución 2.625 (XXV) del 24 de octubre de 1970. Me refiero, básicamente, al principio de la igualdad soberana de los Estados, al principio de no intervención, al principio de la libre determinación de los pueblos y al principio del respeto a los Derechos Humanos.

De una parte, el FMI y el Banco Mundial han violado y violan el derecho a la elección por cada Estado de su sistema económico, político y social, al condicionar la cooperación a la modificación de las políticas internas y al ejercer una estrecha supervisión de las mismas bajo la amenaza de una suspensión de la asistencia. En efecto, "cuando, bajo la cobertura de la cooperación, se presiona a un Estado para adoptar pautas de conducta política o económica concretas, más que cooperación, hay dominación" .

Un informe reciente del Banco Mundial en que se evalúan los avances conseguidos por la propia institución en la reforma de la condicionalidad, indica que una de cada cuatro condiciones de política impuestas por el Banco Mundial en 2006 se refiere a reformas económicas. Un estudio realizado en 2006 por el gobierno noruego sobre la condicionalidad del FMI puso de manifiesto que de 40 países pobres con préstamos del FMI, 26 seguían condicionados a la privatización y a la liberalización.

No obstante sería un error atribuir toda la responsabilidad a las instituciones financieras internacionales, Lo que cabe poner en cuestión no son solamente las políticas del FMI y el BM; Como se ha visto, de hecho, el FMI y el Banco Mundial actúan, porque así se lo permiten en gran medida sus convenios constitutivos, como instrumentos al servicio de los intereses de los países más industrializados y de las principales empresas transnacionales. Por otra parte, precisamente estas organizaciones, caracterizadas por la concentración del poder de decisión en unos pocos Estados, no hacen a menudo más que dar una cobertura jurídica a lo que esos mismos Estados han decidido previamente.

No conviene tampoco olvidar la responsabilidad de los Gobiernos de los países en desarrollo. La mala gestión de la asistencia, la fuga de capitales, el incremento de las desigualdades sociales internas, el despilfarro en gastos de defensa, la falta de participación y en general la connivencia de los segmentos dominantes de la sociedad con las políticas de ajuste, han sido ocultadas con frecuencia tras la cortina del FMI y el Banco Mundial. Un análisis caso por caso demostraría sin duda que el margen de maniobra de los Gobiernos prestatarios no es siempre nulo y que, en muchos casos, contribuyen con sus decisiones a agravar las consecuencias de las políticas que les imponen. En esa medida podría considerarse una responsabilidad concurrente de los mismos.

Por lo tanto Los gobiernos de los países en desarrollo deben velar por que sus procedimientos presupuestarios y de gastos sean transparentes y conlleven rendición de cuentas, y velar también por hacer partícipes a los parlamentos y a la sociedad civil en la toma de decisiones a nivel nacional y en la fijación de objetivos para la reducción de la pobreza.

Al igual que el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial deben dejar de vincular la ayuda a condiciones de política económica y reducir al mínimo los objetivos cuantitativos (déficit fiscal, salarios o metas de inflación), deben empezar a fomentar la condicionalidad basada en los resultados, vinculando la ayuda a objetivos de reducción de la pobreza que pasan fundamentalmente por cambiar la estructura económica y por impulsar políticas fiscales redistributivas sin las cuales no se podrá llegar a una reducción sustancial de la pobreza.


Mabel Watson
Estudiante de Relaciones Internacionales


























BIBLIOGRAFIA

• El Banco Mundial presentó nuevos lineamientos (OP/ BP 8.60) para su apoyo financiero al desarrollo en el 2004, que cubren el tema de la condicionalidad. Se pueden encontrar en http://wbln0018.worldbank.org/Institutional/Manuals/OpManual.nsf/tocall/AD55139DFE937EE585256EEF00504282
• OXFAM, Nicaragua. (2006). Las condicionalidades del FMI en Nicaragua. Se puede encontrar en www.oxfamamerica.org
• FMI, 2005. Evaluación de la Condicionalidad Estructural en Programas Respaldados por el FMI. Washington. 2005b Revisión del FMI sobre los Lineamientos de Condicionalidad de 2002 preparados por la política del 3 marzo, 2005. http://www.imf.org/external/np/pp/eng/2005/030305
• Eurodad 2003, Streamlining Of Structural Conditionality - What Has Happened?http://www.eurodad.org/uploadstore/cms/docs/Streamliningfinal.
• Banco Mundial, 2005. Nicaragua at a Glance: http://devdata.worldbank.org/AAG/nic_aag

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